Servicios de búsqueda en Internet

Servicios de búsqueda en Internet

A nuestro juicio, resulta de interés una reclamación formulada por un ciudadano contra Google Spain S.L. (Google) y contra un periódico por la falta de atención al derecho de oposición.

El ciudadano ejercitó el derecho de oposición al tratamiento de sus datos personales ante Google. En concreto, solicitó la eliminación de sus datos personales y de salud (relacionados con un accidente en el que sufrió lesiones) que aparecían en Internet mediante la herramienta de búsqueda de Google.

De especial interés, resulta la identificación de fases que realiza la AEPD en relación al proceso del buscador de Google:

En primer lugar, la fase de “recolección de palabras clave” que se desarrolla “de forma constante e inadvertida” por el usuario, mediante unos dispositivos que navegan permanentemente por la Red, visitando los sitios web que encuentran y analizando su contenido. Durante esta visita, estos dispositivos extraen las palabras que consideran “útiles” y las incluyen en una lista con la referencia a la dirección del sitio web de donde las extrajeron.

En segundo lugar, la “comparación de palabras” que como señala la AEPD “esta fase se desarrolla mediante una comparación entre las palabras incluidas por el usuario como criterio de búsqueda y la lista que incluye las palabras extraídas y las referencias a los sitios web, facilitando al interesado una lista de resultados en la que se incluyen las referencias a los sitios web en que aparecen las palabras del criterio de búsqueda, ordenándolos en atención a la mayor o menor relevancia de la coincidencia”.

También resultan interesantes los siguientes argumentos de la AEPD:

Primero.- Idioma de redacción de los documentos / localización geográfica

La versión española del servicio de buscador permite al usuario discriminar el resultado de su búsqueda en función del idioma de redacción de los documentos o de la localización geográfica de los servidores web que los alojan. De esta forma, el propio usuario puede decidir que los resultados de su búsqueda se refieran a “páginas de España”, acotándolo en la página principal del buscador, o bien, mediante la funcionalidad “búsqueda avanzada”.

Segundo.- Medios técnicos en España

Para la prestación del servicio de búsqueda a los usuarios españoles, es requisito ineludible que se utilicen medios técnicos ubicados en territorio español.

Tercero.- Servicio dirigido específicamente al territorio español

A juicio de la AEPD, el servicio de búsqueda está dirigido específicamente al territorio español en base a los siguientes hechos:

–       El lenguaje de la página www.google.es está redactada en lengua castellana.

–       El dominio bajo el que se aloja el servicio de buscador Google en España es [.es], dominio territorial correspondiente a España.

–       Los resultados de las búsquedas de Google que aparecen están dirigidos a usuarios ubicados en el territorio español.

Estos argumentos condujeron a la AEPD estimar la reclamación formulada por el ciudadano.

Áudea Seguridad de la Información

Departamento Jurídico

www.audea.com

Fuente: AEPD